RECURSOS PARA EL PACIENTE

PREGUNTAS FRECUENTES

1. Medicina Regenerativa (PRP, Proloterapia y Ácido Hialurónico)

    • ¿Qué es la Proloterapia y para qué patologías se utiliza?

      La proloterapia es un tratamiento médico no quirúrgico que estimula la reparación natural de los tejidos (ligamentos, tendones y articulaciones). Mediante microinyecciones de soluciones regenerativas en la zona afectada, se genera una leve respuesta inflamatoria controlada que activa la producción de colágeno y fortalece las estructuras debilitadas o con dolor crónico.

    • ¿Un paciente diabético puede realizarse un tratamiento de Proloterapia?

      ¡Definitivamente sí! La proloterapia utiliza una solución a base de dextrosa (azúcar) que se aplica de forma local en la articulación o tejido afectado. Esta sustancia no pasa al torrente sanguíneo, por lo que no altera en absoluto las cifras de glucemia del paciente.

    • ¿En qué consiste el tratamiento con Plasma Rico en Plaquetas (PRP) / Plasma Regenerativo?

      Consiste en extraer una pequeña muestra de sangre del propio paciente, procesarla en centrífuga para aislar los factores de crecimiento presentes en las plaquetas e inyectarlos directamente en la articulación o tejido lesionado. Este "plasma regenerativo" acelera los procesos naturales de cicatrización y regeneración tisular en tendinitis, desgarros y desgaste articular.

    • ¿Por qué se solicitan análisis de sangre antes de la aplicación de PRP?

      Previo al tratamiento con Plasma Rico en Plaquetas siempre se solicita un laboratorio completo para verificar que el paciente no presente anemia, evaluar la cifra basal de plaquetas y descartar serologías, garantizando así la máxima seguridad médica y legal en el procedimiento.

    • ¿Cuál es la diferencia entre el Ácido Hialurónico de Alto Peso Molecular y el Plasma Rico en Plaquetas?

      Tanto el PRP como el Ácido Hialurónico de Alto Peso Molecular (APM) comparten funciones analgésicas y antiinflamatorias.
      El PRP, además, es regenerativo y en determinadas circunstancias (por ejemplo, en úlceras diabéticas) puede ejercer una función antiinfecciosa.
      Por su parte, el Ácido Hialurónico de APM posee una acción condroprotectora, ya que protege el cartílago articular mediante la viscosuplementación (acción lubricante).
      Finalmente, aplicados en conjunto como parte del protocolo para el tratamiento de la artrosis, el AH de APM actúa protegiendo al PRP de la agresión intraarticular, prolongando así la duración y eficacia del tratamiento.

  • ¿Puedo tomar analgésicos o antiinflamatorios después de una aplicación de PRP o Proloterapia?

    No. Luego de recibir un tratamiento de Plasma Rico en Plaquetas o Proloterapia, no se deben tomar medicamentos antiinflamatorios (como ibuprofeno, diclofenac, etc.) durante los siguientes 14 días. Estos tratamientos funcionan desencadenando una respuesta inflamatoria controlada que activa la regeneración; el uso de antiinflamatorios anularía este proceso natural. En caso de molestias, el médico te indicará los analgésicos permitidos.

  • ¿Las infiltraciones con PRP o proloterapia son dolorosas o requieren reposo estricto?

    Son procedimientos ambulatorios, rápidos y con molestias mínimas, ya que se realizan con anestesia local o agujas de calibre muy fino. No requieren reposo absoluto; el paciente suele reanudar sus actividades cotidianas al poco tiempo, siguiendo indicaciones sencillas de cuidado.

2. Tratamiento de la Artrosis de Tobillo y Pie

  • ¿Tengo artrosis de tobillo o pie, es inevitable la cirugía?

    No necesariamente. Antes de evaluar una intervención quirúrgica, la medicina regenerativa (como el uso de plasma rico en plaquetas o proloterapia) y los tratamientos de viscosuplementación con ácido hialurónico ofrecen alternativas de vanguardia para frenar el desgaste, desinflamar la articulación y devolver la calidad de vida sin pasar por el quirófano.

  • ¿Cuándo es recomendable recurrir a la cirugía de tobillo o pie?

    La cirugía se contempla cuando los tratamientos conservadores o regenerativos no han logrado controlar el dolor o cuando existe una deformidad o limitación funcional severa que altera la marcha. Hoy en día, muchas de estas cirugías se realizan mediante técnicas mínimamente invasivas o artroscópicas, lo que permite una recuperación mucho más rápida y menos dolorosa.

3. Preguntas Generales para la Consulta

  • ¿Cuántas sesiones de tratamiento regenerativo se suelen necesitar?

    El número de sesiones varía según la patología, la gravedad de la lesión y la respuesta biológica de cada paciente. Por lo general, los protocolos de proloterapia o PRP comprenden entre 2 y 4 aplicaciones distanciadas por unas semanas, evaluando el progreso en cada etapa.

  • ¿Qué debo llevar a mi primera consulta médica?

    Es fundamental acudir con todos los estudios de imagen previos que tengas (radiografías, resonancias magnéticas, tomografías o ecografías), así como análisis de laboratorio recientes y un calzado de uso frecuente.

Derechos del Paciente en Argentina

En Argentina, los derechos de los pacientes están consagrados principalmente en la Ley N° 26.529 (Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud) y su modificatoria la Ley N° 26.742, además de complementarse con el Código Civil y Comercial de la Nación.

Los ejes fundamentales de estos derechos adquiridos son:

  1. Asistencia

  • Atención sin discriminación: Toda persona tiene derecho a ser asistida por los profesionales de la salud, sin que pueda ser menoscabada o distinguida por motivos de raza, religión, condición socioeconómica, género, orientación sexual o ideología.
  1. Trato Digno y Respetuoso

  • Respeto a la intimidad y convicciones: El paciente y sus familiares o acompañantes tienen derecho a un trato amable, que respete sus convicciones morales, culturales, religiosas, su pudor y su intimidad. Asimismo, incluye el derecho a ser nombrado conforme a la identidad de género autopercibida (Ley 26.743).
  1. Información Sanitaria

  • Explicación clara y comprensible: El paciente tiene derecho a recibir información completa, clara y adecuada sobre su estado de salud, los estudios y tratamientos recomendados, los riesgos, beneficios, alternativas y la evolución previsible.
  • Derecho a no saber y a la segunda opinión: También comprende la potestad de rechazar recibir dicha información (o que se le informe solo a los allegados autorizados) y el derecho a solicitar la información por escrito para realizar una interconsulta médica con otros profesionales.
  1. Consentimiento Informado

  • Autonomía de la voluntad: Ningún procedimiento o tratamiento médico (salvo excepciones críticas de salud pública o emergencias con riesgo vital inminente) puede realizarse sin el consentimiento previo del paciente.
  • Formato: Debe otorgarse de manera verbal por regla general, pero exige constancia por escrito en casos de internación, intervenciones quirúrgicas, procedimientos invasivos o de alto riesgo, y exposición con fines académicos.
  1. Autonomía de la Voluntad en Casos Terminales (Ley de Muerte Digna)

  • Rechazo de tratamientos: Ante una enfermedad irreversible, incurable o en estadio terminal, el paciente tiene el derecho de rechazar procedimientos quirúrgicos, de hidratación, alimentación artificial o medidas de soporte vital cuando sean extraordinarios, desproporcionados o generen un sufrimiento desmesurado.
  • Cuidados paliativos: Se garantiza el derecho irrenunciable a recibir un adecuado control y alivio del dolor mediante cuidados paliativos integrales durante todo el proceso de la enfermedad.
  • Dentro del marco de la autonomía de la voluntad y el derecho a una interconsulta médica (consagrado en el artículo 2, inciso g de la Ley N° 26.529), el paciente es absoluto dueño de decidir con qué profesional o especialistas atenderse, así como de buscar una segunda opinión.
  • Ninguna institución de salud, médico, intermediario ni agente del seguro (prepagas u obras sociales) puede condicionar, presionar, dirigir u obligar al paciente a atenderse con un profesional que este no haya elegido libremente. La elección del profesional tratante es un pilar fundamental de la relación médico-paciente basada en la confianza mutua.
  1. Historia Clínica

  • Acceso y confidencialidad: La historia clínica es el registro detallado de todo acto médico. El paciente tiene derecho a acceder a ella, a obtener copias y a exigir estricta confidencialidad y reserva por parte de todo el equipo de salud e instituciones.